domingo, 27 de julio de 2008

ADICCIONES COMPORTAMENTALES "CUIDADO CON LA LUDOPATIA"

INICIATIVA DE LEY CON PROYECTO DE DECRETO POR EL CUAL SE ADICIONA A LA LEY GENERAL DE SALUD, UN CAPITULO QUINTO, DENOMINADO PROGRAMA CONTRA LAS ADICIONES COMPORTAMENTALES CORRESPONDIENTE AL TITULO DECIMO PRIMERO Y LOS ARTÍCULOS 193 BIS 1 AL 193 BIS 3

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


En las últimas décadas, las bandas y mafias dedicadas a los negocios ilícitos han tenido grandes transformaciones, observándose entre otras cosas que ellas; 1) han seguido tendencias hacia una mayor organización, 2) mayor proliferación de los llamados delitos de cuello blanco, 3) el aumento en el tráfico de influencias, entre lo que destaca la compra de conciencias y voluntades de políticos y servidores públicos, 4) la internacionalización de sus acciones, como en el caso del tráfico mundial de estupefacientes y, 5) el incremento global de la inversión de estos grupos en casinos, tendencias que en su conjunto han dado como resultado que el fenómeno delictivo supere a las formas y tiempos de reacción del Estado y sus órganos de seguridad, quienes se quedan rezagados frente a la aparición de una mayor eficacia de las mafias.
Como resultado de todo lo anteriormente mencionado se comprende plenamente el porque hoy, las mafias organizadas son ahora el problema más grande con el que se enfrenta la sociedad mundial, ya que además de su enorme organización y eficiencia, han creado un sistema económico clandestino que genera ingresos superiores al Producto Interno Bruto de muchas naciones.
Aparejado a las conductas ilícitas que promueven, como en el caso específico de las adicciones, aparecen simultáneamente el comercio ilícito de armas, la corrupción policíaca, la pérdida de la seguridad, el lavado de dinero, la prostitución, la proliferación de las multiadicciones y el desmembramiento de las familias, lo que amenaza directamente la estabilidad de la Nación y constituye un ataque frontal contra las autoridades políticas, democráticamente constituidas.
Las acciones de las mafias internacionales incluyen previsiones a largo plazo, con el propósito de ganar control sobre diversos campos de la actividad económica y así amasar grandes oportunidades de dinero y de poder, e incluso de prestigio social, es preciso establecer que las mafias no pretenden conquistar el poder político, sino controlar a políticos y servidores públicos quienes están a su servicio, motivo por lo que hoy día afectan la vida de millones de personas, sin que la sociedad nos percatemos de ello. Hoy en los lugares y negocios donde lavan dinero, cuentan además con tecnología de última generación, personal con entrenamiento especializado, acceso a información privilegiada y capacidad económica que rebasa las expectativas del gobierno o de los verdaderos empresarios, legalmente constituidos, por lo cual como ejemplo en la industria hotelera, canibalizan a los reales prestadores de servicios turísticos, con “ofertas o paquetes” que no pueden ser igualadas por las empresas.
Asimismo las mafias aprovechan todos los aspectos relacionados con la investigación científica y tecnológica y aún más, se sabe que incluso tienen investigadores a sueldo para obtener mejores cosechas en drogas y que han logrado hacer modificaciones genéticas a ellas o que trabajan en el desarrollo de nuevas drogas psicoactivas producidas en laboratorio y quizá estos ejemplos nos permitan comprender como es que, han sido históricamente las mafias, las primeros en promocionar efectivamente las adicciones comportamentales, y no solamente las dependencias clásicas a sustancias.
Sobre el caso de las adicciones, es preciso recordar que no tan sólo se pone en riesgo la economía personal del enfermo, sino la estabilidad laboral, la existencia de vínculos familiares y sociales y sobre todo su salud mental, mientras las mafias obtienen ingresos multimillonarios.
Para efectos de conocer la repercusión de las adicciones en la totalidad de la sociedad, debemos remarcar que las mafias y la delincuencia asociada, siempre procura la corrupción de los cuerpos de seguridad y los políticos, para actuar con impunidad.
En el caso de nuestro país consideramos que este problema se puede acentuar, ya que hoy, sin la existencia de casas de juego, ya existe violencia, impunidad, falta de profesionalización de los elementos policíacos, inseguridad, corrupción política y tampoco existe una política global de combate a la criminalidad.
Los cambios legislativos y normativos que requerimos para enfrentar el creciente problema de las adicciones comportamentales, debe incluir la aceptación en primer lugar de este problema como una enfermedad psiquiátrica, la inclusión de este padecimiento y su prevención, tanto en la Ley General de Salud y las adecuaciones que se consideren pertinentes a otras leyes y códigos, en donde se debe privilegiar la protección de los derechos a la salud y no tan sólo los aspectos de orden punitivo.
Debemos precisar que nunca antes la sociedad mundial se había enfrentado a un fenómeno tal, como las manifestaciones de poder real de las mafias actuales, con la gran capacidad organizativa que hemos señalado, con la capacidad técnica y económica para actuar simultáneamente en varios países e incluso varios continentes, superando en ocasiones las posibilidades financieras del estado, con una penetración tan grande en las esferas del poder político y financiero, con personal altamente capacitado y especializado, utilizando la más moderna tecnología, con recursos y empresas legales para el lavado de dinero y sobre todo la acumulación de una gran riqueza relacionada con los centros financieros.
Hoy en nuestro país, vemos una irónica y patética expresión de cinismo y envilecimiento del poder, cuando se propone que el 2% de las impuestos generados en los centros de juego se utilicen para el tratamiento de los ludópatas y la investigación sobre la adicción al juego, en vez de prevenir la enfermedad, y rehabilitar a los pacientes, de lo que además podríamos señalar e inferir que sería la primera instancia para legalizar también las adicciones a sustancias.
Entre las modalidades de prevención a las adicciones deben estar las de carácter social, educativa, cultural, sanitaria, laboral y política, ya que la salud pública constituye en si misma un bien jurídico, por lo cual el estado debe proteger dicho bien frente a los ataques y afectaciones provenientes de las conductas delictivas.
Engañar o tratar de ocultar que es en los sitios de juego, donde las mafias logran con gran mayor facilidad vincularse a actividades lícitas y por ende lavar dinero en la hotelería y demás servicios turísticos, constituye un desprecio a la inteligencia de la sociedad, y como ejemplo recordemos que es en los Estados Unidos de América, el país en el cual se lava más dinero ilegal en todo el mundo y que han logrado sus propósitos en otros países con la compra y corrupción de políticos, cuerpos policíacos, banqueros y empresarios turísticos, entre otros.
Sobre el problema sanitario y social, ya desde hace varias décadas que las adicciones han entrado a formar parte de las sociedades occidentales, sin que los gobiernos aún en las mejores condiciones hayan podido erradicar este cáncer social, por lo que la más ingente tarea es la de prevenir nuevas adicciones y rehabilitar a los miembros de la sociedad, prisioneros ya de éstas y sin duda esta lacra social avanzará, en la medida que el problema de las adicciones se limite a combatir a los consumidores de sustancias, ya que lo que han hecho las mafias es pernear en la sociedad, sobre todo en los jóvenes que las adicciones y las toxicomanías se integren al comportamiento social y se sienta la obligación de pertenecer a esta cultura y a cualquiera de las adicciones modernas, ya sean las clásicas a sustancias o las comportamentales; al éxito, al trabajo, a los deportes extremos, a la adrenalina y la más extendida de todas: al juego de azar.
Para una mejor comprensión de mi propuesta, señalaré acerca de la ludopatía, que esta fue incluida por primera vez como un trastorno patológico psiquiátrico desde 1980, en el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales, desde esa fecha se han desarrollado diversas líneas de investigación neurobiológica para explicar los mecanismos etiológicos de la enfermedad, de las cuales sobresalen cuatro teorías principales; la primera de ellas que considera a la ludopatía como un trastorno del control de los impulsos que supone la implicación de mecanismos serotonérgicos; la segunda que señala como fundamento un nivel de activación y un rasgo de búsqueda de sensaciones que sustentaría una alteración del sistema noradrenérgico; la tercera que hace hincapié en la relación de la ludopatía con otros trastornos adictivos y; la última que la explica como un trastorno psiquiátrico del orden obsesivo compulsivo.
Más recientemente se ha sumado a las anteriores cuatro teorías, la de origen genético hereditario, toda vez de la observación de la alta frecuencia de antecedentes familiares en los ludópatas diagnosticados, que algunos autores señalan hasta del 35% en familiares de segundo grado.
En diversos estudios psicofisiológicos se ha comprobado que durante la participación en juegos de azar se produce un aumento del nivel de activación a nivel del sistema nervioso autónomo y además se ha demostrado que las máquinas recreativas o tragamonedas provocan una mayor activación que las apuestas a caballos y que la activación no sucede con juegos a largo plazo como la lotería, lo que explicaría porque no crean adicción los sorteos.
Además hasta hace pocos años, el concepto de adicciones solamente incluía aquellas conductas en las que el factor esencial era el consumo de una sustancia química potencialmente adictiva (alcohol, psicotrópicos, cannabinol, cafeína, etc), pero desde la década de los ochenta empezó a modificarse y muchos investigadores empezaron a incluir dentro del complejo grupo de las adicciones a una serie de trastornos, bajo el mismo grupo, denominándose adicciones comportamentales, entre las que se incluyen la adicción al estrés, al ejercicio físico, al trabajo, a las compras excesivas, a los deportes extremos y al juego de azar.
Las adicciones comportamentales se pueden definir como conductas que provocan placer o que evitan la incomodidad, donde además aparece un patrón de estas adicciones, consistente en una excesiva preocupación y deseo intenso de satisfacer la necesidad que se siente de llevar a cabo la conducta adictiva, sumando una pérdida de control que se caracteriza por la incapacidad de detener la conducta una vez que se ha iniciado, la aparición de un síndrome de abstinencia con síntomas físicos cuando se suspende la conducta adictiva y tolerancia, es decir, la necesidad de aumentar la implicación de la conducta adictiva, que equivale al incremento a la dosis.
Diversos autores e investigadores han encontrado una comorbilidad con otras adicciones, de hasta 45% con abuso de alcohol o sustancias psicoactivas y un más alto índice de tabaquismo de hasta 5 a 1 con relación a no jugadores, a lo que habría que sumar lo que se denomina “enganchamiento” de los ludópatas, consistente en que las máquinas tragamonedas se instalan preferentemente en bares y que en los casinos o casas de juego existe amplia disponibilidad para el consumo de alcohol y tabaco, e incluso estos productos se obsequian a los jugadores.
Se comprende además que es una adicción por la tendencia a la recaída de los ludópatas, al igual que en el resto de las adicciones, lo que representa el más grave problema en la atención de estos pacientes y en el caso de la respuesta farmacológica se ha demostrado que en la ludopatía hay una respuesta favorable a la naltrexona, que es un antagonista opiáceo, utilizado en la adicción a la cocaína.
Por si fuera poco, a todo lo anteriormente señalado hay que sumar que al menos un 72% de los ludópatas han tenido un cuadro de depresión mayor, el 52% de ellos, trastornos afectivos mayores, el 57.1% son poli dependientes a dos o más sustancias además de la adicción comportamental, lo que explica su ausentismo laboral, incumplimiento de las obligaciones financieras, problemas familiares, ausentismo escolar y crecientes deudas, conductas antisociales como girar cheques sin fondos, desfalco y robos o confundir a incautos en juegos de destreza.
Este trastorno es más frecuente en hombres en una proporción de 3 a 1 que en mujeres, y aunque las mujeres por lo regular inician a mayor edad esta enfermedad, ellas son más propensas a la depresión y a buscar en el juego más un escape que una fuente de excitación. Por otro lado, el problema más grave en los hombres es que generalmente empiezan a jugar en la adolescencia, sobre todo en aquellas localidades donde existen casinos
Otros datos que nos deben preocupar, son que el índice de suicidios entre ludópatas es al menos del doble que entre no jugadores, quizá debido a la morbilidad que presenta junto a depresión, asimismo los jugadores patológicos tienen al menos en un 91% el denominado “craving” o ansía por jugar, el cual se acompaña de insomnio, dolor de cabeza, trastornos digestivos, temblor, sudoración y otros síntomas de abstinencia. Un problema como el juego patológico y las adicciones comportamentales, donde además la incidencia de adolescentes es muy relevante y creciente a nivel mundial, nos hace comprender la importancia de las medidas dirigidas a objetivos de prevención, teniendo como centro de atención el hogar y la escuela, así como crear un proceso de evaluación que permita conocer la evolución de este fenómeno.
Compañeras y compañeros, no podemos negar las evidencias científicas sobre este creciente problema mundial de salud pública, el constituido por las adicciones comportamentales, mucho menos, por supuesto, podemos obviar nuestro compromiso para combatir las amenazas de las mafias internacionales en contra de la sociedad y salvaguardar los valores éticos sociales, en el caso de las adicciones, nuestro deber es dar a los derechos a la salud, vigencia absoluta y velar solícitamente y ante todo la salud de los ciudadanos, actuar para proteger los intereses de la sociedad, siempre en beneficio del que potencialmente es paciente, respetando la dignidad y los derechos de cada persona.
Por todo lo expuesto con anterioridad y con fundamento en las disposiciones señaladas al inicio de este documento, me permito someter ante esta Honorable Soberanía, la siguiente iniciativa de ley, con proyecto de decreto, por la cual se adiciona al Título Undécimo de la Ley General de Salud, un capítulo Quinto denominado Programa Contra las Adicciones Comportamentales y los artículos 193 bis 1 al 193 bis 3, para quedar como sigue:


TÍTULO QUINTO
PROGRAMA CONTRA LAS ADICCIONES COMPORTAMENTALES

Artículo 193 bis 1.- La Secretaría de Salud, los gobiernos de las entidades federativas y el Consejo de Salubridad General, en el ámbito de sus respectivas competencias, se coordinarán para la ejecución del programa contra las adicciones comportamentales, que comprenderá entre otras, las siguientes acciones:
I. La prevención, el tratamiento y la rehabilitación de problemas originados por las adicciones comportamentales.
II. La educación sobre los efectos nocivos de las adicciones comportamentales en la salud y en las relaciones sociales y familiares, dirigida especialmente a la familia y a los adolescentes, a través de medios de comunicación.
III. La educación a la familia y a la sociedad sobre las diversas modalidades de las adicciones comportamentales
Artículo 193 bis 2. la Secretaría de Salud elaborará un programa de investigación neurológico, psicológico y fisiológico sobre las adicciones comportamentales y lo ejecutará en coordinación con los institutos nacionales de Psiquiatría Ramón de la Fuente y de Neurología y de Neurocirugía Manuel Velasco Suárez., el cual incluirá:
I. Las causas de las adiciones comportamentales y las acciones para combatirlas
II. Los efectos de la publicidad en la incidencia de las adicciones comportamentales.
III. Efectos nocivos y repercusiones de las adiciones comportamentales sobre los ámbitos familiar, social y laboral.
IV. Comorbilidad entre las adiciones comportamentales y las adicciones a sustancias.
Artículo 193 bis 3. la Secretaría de Salud elaborará un programa nacional contra las adiciones comportamentales y lo ejecutará en coordinación con las autoridades estatales.



TRANSITORIOS

Artículo Primero. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. El Ejecutivo Federal en un plazo no mayor de 60 días realizará las adecuaciones correspondientes en las disposiciones reglamentarias.

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